Miércoles, 7 abril de 2004

 

Ley de divorcio: algo histórico en Chile

Por Juan Varde
(Buenos Aires)

 

Vale el calificativo de "histórico", ya que luego de más de 10 años de ardua tramitación, el Parlamento chileno terminó por aprobar la ley de divorcio, a pesar de la fuerte oposiciòn que hasta el último momento ejercieron la Iglesia Católica y los sectores más conservadores del paìs. Tal resolución significó un logro más que considerable en la Administración del presidente Lagos, de modo tal que algunos importantes analistas políticos chilenos lo consideran como un triunfo personal.

Aunque la nueva ley entraría en vigencia dentro de seis meses, le permite a Chile abandonar con fecha cierta el grupo de tres países en el mundo (junto a Malta y Filipinas) que no permiten en su legislación la disolución matrimonial. Algunos parlamentarios oficialistas celebraron eufóricamente la votación, agitando banderas chilenas. Esta manifestación demuestra 'a las buenas' lo que en más de una oportunidad esta controversia provocó una guerrilla religiosa.

Para impedir el divorcio, la Iglesia Catolica desplegó una de las presiones más intensas de los últimos años, apelando directamente a la condición de católicos de los congresistas para que no votaran en contra de su iglesia.

En su última y más polémica arremetida pública, la Iglesia lanzó una campaña televisiva en la que se decía que entre los hijos de padres separados se daban los mayores casos de alcoholismo y drogadicción. El mensaje no sólo enardeció a los laicos, sino que también provocó una seria disputa en el mismo seno de la Iglesia, con opiniones encontradas entre algunos prominentes sacerdotes jesuítas y del Opus Dei. Uno de estos últimos, el obispo Juan Ignacio González, representante de la Iglesia durante el tratamiento de la ley, fue señalado como el inspirador de la campaña, que debió ser retirada.

Pero la Iglesia no se dio por vencida y su fuerza se desvela en la peculiaridad que tendrá la ley aprobada (otorga la posibilidad de celebrar el matrimonio religioso con anterioridad al civil, pudiendo la ceremonia religiosa ser oficiada sólo por las confesiones que tienen personalidad jurìdica de derecho público).

Para que ese matrimonio religioso tenga validez legal, debe ser inscrito en el registro civil durante los ocho días posteriores a su celebración. El artículo, que desató los más encendidos debates, fue una concesión que hizo la coalición oficialista a cambio de que se permita pedir el divorcio en forma unilateral, así como acortar los plazos para acceder a él.

En Chile no existía el divorcio, pero sí la nulidad matrimonial, bastaba contratar a un abogado, y decir ante el juez que la dirección que se dio al momento de casarse era falsa. Nada más, realmente vergonzoso, una instancia sólo para lo que tienen dinero.

El presidente Ricardo Lagos celebró la aprobación de la ley de divorcio el mismo día que cumplió cuatro años en el poder. Una ley que le hace pasar automáticamente a la historia, confiamos que a la terrenal.

CHL PLT

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