| | |
Miércoles,
7 abril de 2004
Ley de divorcio: algo
histórico en Chile
Por
Juan Varde
(Buenos Aires)
Vale
el calificativo de "histórico", ya que luego de más
de 10 años de ardua tramitación, el Parlamento chileno terminó
por aprobar la ley de divorcio, a pesar de la fuerte oposiciòn
que hasta el último momento ejercieron la Iglesia Católica
y los sectores más conservadores del paìs. Tal resolución
significó un logro más que considerable en la Administración
del presidente Lagos, de modo tal que algunos importantes analistas políticos
chilenos lo consideran como un triunfo personal.
Aunque la nueva ley entraría en vigencia dentro de seis meses,
le permite a Chile abandonar con fecha cierta el grupo de tres países
en el mundo (junto a Malta y Filipinas) que no permiten en su legislación
la disolución matrimonial. Algunos parlamentarios oficialistas
celebraron eufóricamente la votación, agitando banderas
chilenas. Esta manifestación demuestra 'a las buenas' lo que en
más de una oportunidad esta controversia provocó una guerrilla
religiosa.
Para impedir el divorcio, la Iglesia Catolica desplegó una de las
presiones más intensas de los últimos años, apelando
directamente a la condición de católicos de los congresistas
para que no votaran en contra de su iglesia.
En su última y más polémica arremetida pública,
la Iglesia lanzó una campaña televisiva en la que se decía
que entre los hijos de padres separados se daban los mayores casos de
alcoholismo y drogadicción. El mensaje no sólo enardeció
a los laicos, sino que también provocó una seria disputa
en el mismo seno de la Iglesia, con opiniones encontradas entre algunos
prominentes sacerdotes jesuítas y del Opus Dei. Uno de estos últimos,
el obispo Juan Ignacio González, representante de la Iglesia durante
el tratamiento de la ley, fue señalado como el inspirador de la
campaña, que debió ser retirada.
Pero la Iglesia no se dio por vencida y su fuerza se desvela en la peculiaridad
que tendrá la ley aprobada (otorga la posibilidad de celebrar el
matrimonio religioso con anterioridad al civil, pudiendo la ceremonia
religiosa ser oficiada sólo por las confesiones que tienen personalidad
jurìdica de derecho público).
Para
que ese matrimonio religioso tenga validez legal, debe ser inscrito en
el registro civil durante los ocho días posteriores a su celebración.
El artículo, que desató los más encendidos debates,
fue una concesión que hizo la coalición oficialista a cambio
de que se permita pedir el divorcio en forma unilateral, así como
acortar los plazos para acceder a él.
En Chile no existía el divorcio, pero sí la nulidad matrimonial,
bastaba contratar a un abogado, y decir ante el juez que la dirección
que se dio al momento de casarse era falsa. Nada más, realmente
vergonzoso, una instancia sólo para lo que tienen dinero.
El presidente Ricardo Lagos celebró la aprobación de la
ley de divorcio el mismo día que cumplió cuatro años
en el poder. Una ley que le hace pasar automáticamente a la historia,
confiamos que a la terrenal.
CHL
PLT
Envíe
sus comentarios | | |