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Viernes
18 de febrero de 2005
Se
termina el juicio de las "jubilaciones millonarias"
Caso
Botín: visto para sentencia
Por
Michela Romani
El juicio de
las jubilaciones millonarias, que ha tenido sentados en el banquillo
de los imputados a Emilio Botín, José María
Amusátegui y Angel Corcóstegui, quedó hoy visto
para sentencia, después que los abogados defensores terminaran
el turno de los informes conclusivos. La sentencia del juicio, que
comenzó el pasado 26 de enero y se ha desarrollado en nueve
sesiones, podría tardar de una semana a tres meses,
según fuentes legales. Hoy el presidente del tribunal, Antonio
Díaz Delgado, comentó a la prensa que la próxima
semana los tres integrantes de la corte se pondrían a trabajar,
pero no quiso hacer previsiones sobre la entrega de la sentencia.
A lo largo de
estos últimos 20 días, se han podido escuchar las
argumentaciones de la acusación, la defensa y la Fiscalía
del Estado, que pidió la absolución, sobre la legitimidad
del pago de una jubilación de 107,1 millones de euros a Corcóstegui
y de un bonus de pensión de 54 millones de euros a
Amusátegui cuando salieron del Banco Santander Central Hispano
(BSCH). Uno de los abogados de la acusación resumía
hoy así el juicio: Creo que los hechos están
claros para todos. Lo que nos diferencia es la valoración
que les damos.
Informe conclusivo
de la acusación. Los abogados de la acusación
particular justificaron su petición de condena en que los
pagos que recibieron Amusátegui y Corcóstegui fueron
ilícitos porque no estuvieron justificados por ninguna contraprestación.
El letrado que representa a Rafael Pérez Escolar, José
Manuel Gómez Benítez, mantuvo que la ratificación
por parte del consejo de administración del banco y la junta
de accionistas de los contratos que determinaron el pago de las
jubilaciones no tienen valor, porque "no se pueden ratificar
actos nulos".
Además,
Gómez Benítez criticó que Botín dijera
que no contestaría a las preguntas de la acusación
por que ésta actuaba por venganza, unas palabras pronunciadas
por el presidente del Santander a principios del juicio. Emilio
Botín dijo que Escolar quiere la ruina del Grupo Santander
desde que adquirió Banesto, del que el actual acusador de
Botín fue gestor junto con Mario Conde, hasta la intervención
llevada a cabo por el Banco de España (BdE). El letrado de
la acusación afirmó que "los imputados no están
sentados en el banquillo por una acusación particular, sino
porque así lo decidió la jueza (Teresa Palacios)".
Gómez Benítez insistió en que no es relevante
cuántos accionistas del Santander hayan pedido que se abrieran
diligencias para aclarar la legalidad de los pagos. Según
su tesis, "siempre que falten 150 millones de euros de la caja
de una sociedad sin que se haya producido una contraprestación
hay un perjuicio para la entidad".
Los dos abogados coincidieron en definir los contratos del ex co-presidente
y el ex consejero delegado del BSCH son "blindajes de consejeros
ejecutivos", lo que según afirmaron está prohibido
por el artículo 131 de la Ley de Sociedades, que prevé
que estos cargos pueden ser cesados unilateralmente por el consejo
en cualquier momento.
El abogado de Francisco Franco Otegui, José López
Sánchez, insistió en que el bonus extraordinario
de 43 millones de euros que recibió Amusátegui se
suma a las demás percepciones económicas de las que
goza el ex presidente. Según datos que el abogado proporcionó
a este diario, y que le fueron entregados por el banco bajo su petición,
Amusátegui está cobrando desde el año 2001
una jubilación anual de 5,2 millones de euros. Desde septiembre
a diciembre de 2001, cuando efectivamente se jubiló, cobró
1,7 millones de euros.
Si el abogado de Escolar intentó insinuar la sospecha de
que los contratos de Corcóstegui y Amusátegui tenían
la función última de entregar todo el poder en el
banco a Emilio Botín, el letrado de Otegui fue aún
más explicito en este sentido. López Sánchez
afirmó que el único supuesto en el que Amusátegui
podía no cobrar el bonus extraordinario, la jubilación
del 100% de su sueldo y del 70% de las atenciones estatutarias que
recibía como consejero, era que el ex co-presidente decidiera
no abandonar el banco en junio de 2002, tal y como estipulaba su
contrato. "El contrato estaba hecho para dar la Presidencia
única a Botín", dijo el letrado de Otegui y añadió
que "nuca sabremos si fue un ofrecimiento que le hizo Botín
o fue una condición impuesta por Amusátegui (por apoyar
la fusión)".
Según la teoría expuesta por este abogado, la salida
de Corcóstegui del BSCH tiene una explicación muy
parecida. Una vez que Amusátegui dejó el banco, en
agosto de 2001, el otro ejecutivo procedente del BCH se situó
como número dos de Botín "y sabía que
iba a ser el siguiente a quien cortarían la cabeza".
Corcóstegui, según la reconstrucción del abogado,
habría decidido externalizar su jubilación y cobrarla
toda de una vez porque temía que el consejo del Santander
pudiera decidir retirársela.
Nada que ver con lo que testificó tanto el propio Corcóstegui
como los otros testigos que declararon en el proceso. Todos ellos
coincidieron en que el ex consejero delegado del BSCH cobró
su jubilación con un pago único porque esto favorecía
fiscalmente al banco y pese a que esto le haya comportado tener
que pagar al Fisco el 50% del dinero recibido.
Informe conclusivo de la Fiscalía. El fiscal del Estado
Fernando Burgos insistió en recordar que en este juicio,
que según la Fiscalía no debía tener lugar,
no se están juzgando a las personas sentadas en el banquillo,
sino si el pago de las jubilaciones de Amusátegui y Corcóstegui
se ajustaron a derecho y fueron ilegales. Por esto, según
el fiscal, es absolutamente irrelevante lo que Amusátegui,
por ejemplo, pueda haber cobrado al margen del bonus de 43
millones objeto de la causa.
En su exposición, el representante de la Fiscalía
quiso dejar bien clara la diferencia entre las funciones que desarrolla
el consejo de administración de una entidad y lo que hacen
los consejeros ejecutivos. "El consejo no hace otra cosa que
tomar acuerdos", enfatizó Burgos, pero son los ejecutivos
quienes tienen que ejecutar dichos acuerdos, o sea realizar todas
aquellas acciones concretas que se necesitan para que las decisiones
del consejo sean operativas. El representante del Estado afirmó
que es completamente irrazonable pensar que en una sociedad cotizada
como el Santander sea la junta de accionistas quien tome decisiones
administrativas o de gestión. "El banco no duraría
ni un mes si se pretendiera que fuera la junta a tomar las decisiones".
Por esta razón, el fiscal ve clarísimo que los consejeros
ejecutivos tengan que tener una retribución diferente de
la de los simples consejeros. Burgos destacó que el artículo
130 de la Ley de Sociedades Anónimas especifica claramente
que será el consejo de administración quien fije las
retribuciones de los ejecutivos y opinó que el hecho de que
"la cuantía que puedan cobrar los administradores o
altos ejecutivos no esté limitada, se ajusta a los principios
de la libertad económica y de la iniciativa privada".
Burgos hizo referencia al que se considera el padre del liberalismo,
Adam Smith, para contextualizar los contratos de Amusátegui
y Corcóstegui y concluyó que "vivimos en una
economía de mercado, la padecemos o la gozamos, pero las
retribuciones de altos manager se desarrollan en este contexto".
El representante de la Fiscalía del Estado dejó claro,
además, que lo que se está imputando a los tres banqueros
es una violación del artículo 295 del Código
Penal que habla de "disposición fraudulenta de los bienes
de la sociedad". Burgos dijo que este delito es un abuso de
poder que necesita además de una ulterior concreción
que "es el perjuicio que eventualmente se ocasiona a la sociedad.
El abuso sólo es el medio, el delito es el perjuicio".
El fiscal mantuvo que en los hechos que se están juzgando
no es posible encontrar este perjuicio, ni en el ámbito de
la colectividad, ni entre el conjunto de los accionistas del banco
y concluyó que la Fiscalía pide la absolución
de los tres acusados.
Informe conclusivo de la Defensa. Los tres abogados de la
defensa comenzaron sus declaraciones "haciendo propio"
el informe del Ministerio Fiscal que, según ellos, ya contenía
en sí mismo todas las razones para emitir una sentencia de
plena absolución. El letrado de Emilio Botín, Gonzalo
Rodríguez Mourullo, atribuyó a la acusación
la responsabilidad de haber querido "desviar el objeto del
proceso", una intención que el abogado de Escolar había
atribuido a la defensa.
Mourullo indicó que en la querella inicial se imputaba a
Botín de haber maniobrado para alejar a Amusátegui
y Corcóstegui del Santander a raíz de la lucha de
poder que se desencadenó a partir de 2000. Sin embargo, según
el informe del abogado, esta teoría fue desmontada parte
a parte por todas las pruebas y los testigos que se escucharon a
lo largo del juicio y por eso la acusación ha ido cambiando
su postura, hasta declarar ahora la nulidad de los contratos de
los dos altos directivos por no tener una contraprestación
laboral a cambio.
Según el informe del letrado de Botín, la acusación
llamó a testificar a ex miembros del consejo del BCH que
no lo fueron del BSCH con la esperanza de poder aprovechar el eventual
descontento de estas personas por haber sido cesados. Sin embargo,
todos los testigos ratificaron las declaraciones de los imputados.
Mourullo justificó que el contrato de Amusátegui incluyera
la reversibilidad de la jubilación a su familia en caso de
muerte del titular con el hecho de que "si se quiere fichar
al mejor, hay que asumir riesgos" y comparó esta situación
a la de un equipo de fútbol que fiche a Zinedine Zidan invirtiendo
muchísimo dinero que no se recuperaría en caso de
que el futbolista muriera.
Sobre la adenda
de agosto de 2001 al contrato de Corcóstegui, que le permitió
adelantar su edad de jubilación y externalizarla, Mourullo
dijo que su causa fue justamente la contraria de la que insinuó
la acusación, que afirmó que el BSCH aceptó
las condiciones pedidas por el consejero delegado para que éste
se fuera. "El banco las aceptó para que Corcóstegui
se quedara", dijo el abogado.
Mourullo dijo que los acusadores de los tres imputados calificaron
de perjuicios los que en realidad eran gastos que el consejo del
banco consideró necesario asumir para garantizar el éxito
de la fusión. Finalmente, Mourullo calificó la acusación
de "arbitraria" porque imputó a Emilio Botín
actos que fueron decididos y ratificados por todo el consejo: "La
selección arbitraria de la autoría deslegitima completamente
la acusación".
El abogado de Amusátegui, Ramón Hermosilla, justificó
su petición de absolución citando numerosas sentencias
de jurisprudencia sobre casos relacionados con este juicio. Pero
antes, el letrado quiso contestar a las criticas de la acusación
al informe del perito de Towers Perrin, sobre las retribuciones
que cobran altos ejecutivos de grandes empresas internacionales.
Hermosilla dijo que no es verdad que para encontrar cifras tan altas
haya que irse a EEUU e invitó a los abogados de la contraparte
a leerse el informe de Gobierno Corporativo del BBVA, el banco competidor
del Santander en España. Allí, de acuerdo con el abogado,
se puede constatar que en caso de cese el presidente del BBVA, Francisco
González, y el consejero delegado, Ignacio Goirigolzarri,
cobrarían 51 y 49 millones de euros, respectivamente.
El abogado defensor de Amusátegui manifestó además
que a lo largo del juicio se trataron temas relacionados con el
derecho mercantil y no con el derecho penal y se refirió
a opiniones de expertos juristas que critican que se recurra al
ámbito penal para tratar temas que encuentran cabida en otros
ámbitos del derecho.
Hermosilla,
como los otros dos defensores, entró en el tema de las relaciones
de los dos acusadores con el banco Santander. Recordó que
Escolar y Otegui son "accionistas circustanciales" y que
ellos mismos admitieron que compraron acciones del banco sólo
para poder intervenir en las juntas y dijo que ambos "rozan
la sospechabilidad por la nimiedad del interés frente al
coste del juicio".
Hermosilla dijo
que la acusación se postuló inicialmente como particular,
pero tras darse cuenta que el perjuicio que ellos podían
pedir era irrelevante, porque tal es su participación en
el banco, pasaron a considerarse como acusación popular.
Finalmente, el abogado de Amusátegui criticó que la
acusación, que según él no aportó pruebas
y se limitó a insinuar, utilizó elementos de valoración
moral para juzgar a los imputados. Esto, según el letrado,
no tiene cabida en un juicio penal, "a menos que no se quiera
decir que los reproches morales de dos personas discutidas y demandadas
por la ley tengan que valer como derecho para el mercado nacional
e internacional".
El defensor
de Corcóstegui, Javier Sánchez Junco, centró
su intervención en el contrato de su cliente firmado en abril
de 1999. Según el letrado, la acusación ha querido
pasar por encima este contrato porque no podía hacer ninguna
crítica razonable sobre ello y se centró en la adenda
de agosto de 2001, porque ésta no pasó por la Comisión
de Retribuciones y Nombramientos. Pero Sánchez Junco recordó
que esta adenda no necesitaba pasar por ese trámite porque
no modificaba en nada las condiciones retributivas previstas en
el contrato de 1999, de donde proceden legítimamente todos
los derechos de pensión de Corcóstegui. El abogado
recordó el testimonio de Manuel Olivencia sobre el contrato
de Corcóstegui y pidió al tribunal que se fijara en
el análisis hecho"por la máxima autoridad española
en materia de Buen Gobierno".
El letrado rechazó toda acusación de falta de trasparencia
relativa a este contrato y recordó que fue aprobado en hasta
seis consejos de administración (17 de abril de 1999; 16
de agosto de 2001; 13 febrero de 2002; 29 de abril de 2002; 13 de
enero de 2003 y 11 de marzo de 2004) y dos juntas de accionistas
(junio 2003 y junio 2004).
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