Martes 26 de julio de 2005

Los privilegios en Cuba del Banco de Inversiones de Venezuela

Las buenas relaciones entre los gobiernos de Venezuela y Cuba se han trasladado también a la actitud que mantienen las autoridades de la isla con las empresas del país andino. El Banco Central de Cuba (BCC) ha otorgado a la filial creada por el Banco Industrial de Venezuela (BIV) en La Habana una licencia bancaria para operar reservada, hasta ahora, a las entidades nacionales.

El BIV goza de una licencia especial tipo A para realizar sus operaciones en la isla, lo que supone que puede realizar prácticamente todo tipo de transacciones. Esta concesión supone un privilegio respecto a otras entidades extranjeras que operan e la isla puesto que es la primera vez que la autoridad monetaria se la otorga a un banco foráneo.

De hecho, en la legislación cubana se establece que entre las licencias que puede otorgar el BCC se encuentra la especial tipo A que "se otorga exclusivamente a los bancos nacionales para realizar operaciones de intermediación financiera en divisas en el territorio nacional y en centro bancario extraterritorial (offshore), en las zonas francas y parques industriales y en el extranjero".

El BIV podrá realizar prácticamente todo tipo de operaciones financieras. Sólo hay unas cuantas restricciones. La entidad venezolana no podrá tomar depósitos en cuenta corriente y de ahorro ni colocar en el exterior los recursos obtenidos en Cuba. Tampoco podrá realizar compras que no sean indispensables para su normal funcionamiento.

 

 

 

 

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