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La Audiencia Nacional ha desestimado
el recurso presentado por Repsol YPF contra la multa de tres millones
de euros que el Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC) le
impuso en julio de 2001 por fijar los precios de los carburantes
a sus gasolineras. La sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo
ratifica que las estaciones de servicio de Repsol no son meras
comisionistas, ya que asumen riesgos, y por lo tanto no se les
pueden imponer los precios.
La Audiencia Nacional entiende, tal
y como sostenía la Confederación Española
de Empresarios de Estaciones de Servicio (CEEES), que los contratos
suscritos entre la petrolera y sus gasolineras a los que se refería
la resolución del TDC no son de comisión o agencia.
La CEEES ha anunciado hoy que considera que la sentencia permitirá
a la mayoría de las gasolineras de la petrolera hispano
argentina comprar carburantes a otros operadores y fijar libremente
sus precios. |