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Año IX - Madrid, viernes 9 de febrero de 2007

Las casas de cambio deberán identificar a los clientes

 

Las casas de cambio de moneda y transferencias con el exterior deberán identificar desde el próximo lunes, 12 de febrero, a todas las personas que realicen operaciones, mediante la presentación del Documento Nacional de Identidad, la tarjeta de residencia o el pasaporte en vigor, con el fin de evitar operaciones de blanqueo de capitales, según la orden del Ministerio de Economía y Hacienda sobre prevención de blanqueo de capitales que se aprobó el pasado 28 de julio.

 
 

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