Endesa
no tendrá que aportar el segundo aval de 1.000 millones
de euros que el Tribunal Supremo estableció. Para que se
hiciera efectiva su decisión de suspender de manera cautelar
el acuerdo del Consejo de Ministros que autorizó con condiciones
la OPA de Gas Natural, el Supremo reclamó a la eléctrica
un aval que se convertía así, en el segundo que
la compañía presidida por Pizarro tenía que
depositar para paralizar la OPA de Gas Natural.
El Tribunal Supremo estimó hoy que, para cubrir la fianza
establecida, basta con el aval que Endesa depositó ante
el juzgado de lo mercantil número 3 de Madrid.
Daños “sustanciales”.
El Alto Tribunal, que adopta esta decisión al enteder que
se trata de los mismos perjudicados, por lo que el aval podría
ser el mismo, acuerda la tramitación de la OPA para evitar
los efectos que la toma de control de Endesa por Gas Natural “va
a producir en la competencia de manera inmediata y durante el
tiempo que medie entre su consumación y la posible sentencia
estimatoria que pueda dictarse”. Por lo que entiende que
la operación podría causar daños “sustanciales
e irreversibles”.
El auto del Tribunal Supremo,
que se ha hecho público en la jornada de hoy, cuenta con
cuatro votos particulares de los 14 magistrados del Pleno de la
Sala de lo Contencioso Administrativo que se opusieron a la paralización
de la OPA. Otros 18 magistrados votaron a favor.
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