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Año VII - Madrid, miércoles 10 de mayo de 2006
Endesa no tendrá que aportar el otro aval, según el Supremo
 

Endesa no tendrá que aportar el segundo aval de 1.000 millones de euros que el Tribunal Supremo estableció. Para que se hiciera efectiva su decisión de suspender de manera cautelar el acuerdo del Consejo de Ministros que autorizó con condiciones la OPA de Gas Natural, el Supremo reclamó a la eléctrica un aval que se convertía así, en el segundo que la compañía presidida por Pizarro tenía que depositar para paralizar la OPA de Gas Natural.
El Tribunal Supremo estimó hoy que, para cubrir la fianza establecida, basta con el aval que Endesa depositó ante el juzgado de lo mercantil número 3 de Madrid.

Daños “sustanciales”. El Alto Tribunal, que adopta esta decisión al enteder que se trata de los mismos perjudicados, por lo que el aval podría ser el mismo, acuerda la tramitación de la OPA para evitar los efectos que la toma de control de Endesa por Gas Natural “va a producir en la competencia de manera inmediata y durante el tiempo que medie entre su consumación y la posible sentencia estimatoria que pueda dictarse”. Por lo que entiende que la operación podría causar daños “sustanciales e irreversibles”.

El auto del Tribunal Supremo, que se ha hecho público en la jornada de hoy, cuenta con cuatro votos particulares de los 14 magistrados del Pleno de la Sala de lo Contencioso Administrativo que se opusieron a la paralización de la OPA. Otros 18 magistrados votaron a favor.

 
 

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