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Año IX - Madrid, viernes 19 de enero de 2007
 
Opinión
 
Argentina Vs. Brasil

Welber Barral(1) y Nicolás M. Perrone(2)

Logró repercusión, en los últimos días, la reclamación presentada por la Argentina contra Brasil ante la Organización Mundial del Comercio (OMC). La disputa se refiere a la aplicación, respecto de exportaciones argentinas de botellas PET, de una medida antidumping que impide, básicamente, la entrada de este producto en el mercado brasileño.

La trascendencia dada al asunto por algunos analistas alimentó nuevamente opiniones tremendistas en cuanto al futuro del Mercosur. Sobraron críticas respecto de la supuesta falta de tacto del gobierno de Kirchner, que estaría, según esta postura, amenazando el futuro del bloque en un momento difícil de las relaciones regionales.

Esta crítica debe ser ponderada cuidadosamente, al analizar con detenimiento el motivo del litigio. La controversia tiene un origen previo a esta reclamación argentina, en el 2005, las autoridades brasileñas realizaron una investigación de dumping sobre las importaciones de resinas PET desde la Argentina y los Estados Unidos. Al final de ese proceso, la Cámara de Comercio Exterior brasileña aplicó una medida antidumping de más de 300 dólares por tonelada de producto importado, lo que implicó su pérdida de competitividad frente al producto nacional.

La aplicación de medidas antidumping implica un complejo análisis jurídico y económico. Además, aunque sea realizado por una autoridad nacional, el proceso de investigación debe respetar las reglas establecidas por los acuerdos internacionales. Por otro lado, el país cuyas exportaciones fueron afectadas puede recurrir a tribunales internacionales, que revisarán la pertinencia de la medida aplicada y el cumplimento de las reglas de procedimiento en la investigación.

En el caso del Mercosur, el país que reclama puede escoger entre el foro regional (creado por el Protocolo de Olivos) o el sistema de la OMC. En casos de defensa comercial, el foro multilateral ha sido preferido, en razón de reglas más específicas y de una mayor jurisprudencia sobre la materia.

Evidentemente, los negociadores comerciales intentan, dentro de lo posible, evitar litigios y conflictos. Lo ideal es que las diferencias sean resueltas amigablemente, privilegiando una solución que promueva el libre comercio. Aún así, los litigios no son cataclismos, forman parte del desarrollo corriente de las relaciones comerciales que se expanden, como consecuencia natural del aumento de los flujos comerciales. Es que en un escenario con comercio inexistente, difícilmente los países tendrían litigios de esta naturaleza. Principalmente, las dificultades comerciales se suceden con los principales importadores de los productos nacionales, como es el caso de los EEUU, la Unión Europea y Brasil.

Otro detalle importante, que rebaja el tono conflictivo de este asunto en particular, es que el tema en debate no tiene complicaciones políticas serias, como sí ocurre con el conflicto entre Argentina y Uruguay respecto de la instalación de las plantas papeleras. El caso comentado trata de un tema mucho menos polémico y altamente técnico, que afecta una parte mínima del comercio bilateral.

De esta forma, este litigio no representa necesariamente mayor fragilidad del Mercosur. Existe fragilidad, actualmente, en el proceso de integración regional, pero ella se basa en deficiencias institucionales y en la ausencia de una voluntad política efectiva en consolidar la unión aduanera. Los litigios y diferencias continuarán surgiendo, inclusive con la posibilidad de escoger foros de resolución por fuera del Mercosur, como también sucede en el Nafta y en otros procesos de integración.

Este pronóstico de futuras diferencias será mayor, en la medida que las exportaciones se vuelvan más competitivas y conquisten nuevos mercados. Por lo tanto, la opinión pública debe acostumbrase a la existencia de diferendos comerciales en un mundo cada vez más proteccionista.

(1) Profesor de Derecho Internacional Económico (UFSC - Brasil) y consultor.
(2) Investigador del Centro de Estudios Interdisciplinarios de Derecho Industrial y Económico (UBA).

 
 

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